Al fin una fiscal hace lo que tiene que hacer, simplemente mandar en cana a un grupete detestable de políticos por gestionar delictivamente los dineros públicos.

Así de sencillo, usar el dinero del contribuyente en beneficio propio.

Usarlo para conquistar votos, regalando material a diestra y siniestra sin ningún otro motivo que favorecer a personas con el fin final que los voten.

Dar compensaciones sin un motivo valedera, solo que favorecen a sus colaboradores de la política y de esa forma pagar los favores dispensados.

Todo con el dinero de los contribuyentes.

Eso es un delito que puede ir desde abuso de funciones, pasar por fraude y hasta llegar a conformar una Asociación para delinquir.

¿Cuántas veces digo que el sistema político profesional es una Asociación para Delinquir?

Y me miran como si yo estuviera desquiciado por señalar con el dedo a estos delincuentes que gozan de gran impunidad.

Ahora bien, con esta sentencia a este grupo de ladrones disfrazados de alcalde, concejales, ediles y secretarios; queda un antecedente muy pesado, que vamos a hacer valer en reiteradas oportunidades.

Esto no es nuevo en política, esto ocurre permanentemente en todo el país, y en el mismo gobierno de turno.

Pero, nos permite empezar a denunciar y llevar a fiscalía múltiples argumentos reales, basados en la condena de todos estos sinvergüenzas.

“El Rey de las gauchadas” era el slogan del ex Alcalde ahora preso, todas gauchadas hechas con la plata robada a la gente.

Ahora el Partido Nacional va a cortar por la parte más angosta y lo va a expulsar, pero antes tuvo a varios en situaciones similares y los salvó porque tienen votos.

Varios pesos pesados de este partido están en situación similar a la del alcalde, solo bastaría que un fiscal con agallas y en cumplimiento de su deber, los investiguen y los condenen.

 

 

 

La fiscal de Colonia Sandra Fleitas y el jefe de Policía de Colonia, Jhonny Diego, brindaron el martes los detalles del caso por el que resultó condenado el alcalde de la localidad coloniense Florencio Sánchez.

 

El nacionalista Alfredo Sánchez, fue condenado a dos años de cárcel efectiva y un año de libertad vigilada por delitos de fraude y asociación para delinquir. Además del alcalde, fueron condenadas con prisión su hija, su nuera – ambas concejales del municipio-, su hijo edil departamental por el Partido Nacional, un funcionario municipal y un empresario de la ciudad de Juan Lacaze vinculado al rubro de la construcción.

Fleitas detalló que desde el municipio se otorgaban favores a vecinos de la localidad a cambio de votos. Por ejemplo, dijo que se entregó a una persona una moto que había sido incautada por la policía.

También se entregaron materiales de construcción, pasajes de ómnibus y canastas de alimentos a vecinos, siempre a cambio de votos en las elecciones.

“No existía ningún respaldo administrativo, ninguna solicitud hecha por los particulares de que necesitaran esos efectos”, explicó.

Por otra parte, los imputados “cobraban compensaciones especiales que eran imposibles (de que les correspondiera) por el tipo de tareas”. Ejemplificó con “quien se desempeñaba como secretaria, que tenía en su recibo de sueldo una compensación especial por realizar trabajo insalubre”.

 

LOS COLEGAS DE AGESOR PUBLICARON LO QUE LES IMPUTARON…

La hija de Sánchez, M.L.S.A, concejal, fue imputada con 12 meses de prisión efectiva y 20 de libertad vigilada por delitos de asociación para delinquir, falsificación ideológica por funcionario público y un delito de fraude.

El hijo del Alcalde, edil, P.S.A, fue imputado con 1 año de prisión efectiva y uno de libertad vigilada por delitos de Asociación para delinquir y fraude.

Dos mujeres fueron condenadas pero sin prisión. Se trata de la esposa de Sánchez y una ex funcionaria del municipio y ex secretaria del alcalde.

 

Alfredo Iván Sánchez Balbuena fue condenado como autor penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir, en reiteración real con un delito continuado de fraude y un delito continuado de concusión a la pena de 3 años de penitenciaría, 200 Unidades Reajustables e inhabilitación especial por 2 años para el ejercicio de la función pública. La pena de penitenciaría se cumplirá 2 años de penitenciaría en forma efectiva y los restantes 12 meses en régimen de libertad vigilada debiendo fijar residencia en un lugar determinado donde sea posible la supervisión por la OSLA, sujeción a la orientación y vigilancia de la referida oficina, presentación una vez por semana en la seccional policial de su domicilio.

 

Moira Isabel Andrada Álvarez fue condenada como autora penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir, en reiteración real con un delito continuado de fraude, a la pena de 2 años de penitenciaría, 100 Unidades Reajustables e inhabilitación especial por 2 años para el ejercicio de la función pública. La pena de penitenciaría la cumplirá 12 meses de prisión efectiva y los 12 meses restantes en régimen de libertad vigilada debiendo fijar un lugar de residencia determinado donde sea posible la supervisión por la OSLA, sujeción a la orientación y vigilancia de la referida oficina, presentación una vez por semana en la seccional policial de su domicilio.

 

Gustavo Alfredo Tago González fue condenado como autor penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir, en reiteración real con un delito continuado de fraude a la pena de 18 meses de prisión, 100 Unidades Reajustables de multa e inhabilitación especial por 2 años para el ejercicio de la función pública. La pena de prisión se cumplirá 7 meses de prisión efectiva y los 11 meses restantes en régimen de libertad vigilada debiendo fijar un lugar de residencia determinado donde sea posible la supervisión por la OSLA, sujeción a la orientación y vigilancia de la referida oficina, presentación una vez por semana en la seccional policial de su domicilio.

 

María del Luján Sánchez Agustins fue condenada como autora penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir, en reiteración real con un delito de falsificación ideológica por funcionario público y un delito continuado de fraude, a la pena de 2 años y 8 meses de penitenciaría, 100 Unidades reajustables e inhabilitación especial por 2 años para el ejercicio de la función pública. La pena de penitenciaría la cumplirá 12 meses de prisión efectiva y los 20 meses restantes en régimen de libertad vigilada debiendo fijar un lugar de residencia determinado donde sea posible la supervisión por la OSLA, sujeción a la orientación y vigilancia de la referida oficina, presentación una vez por semana en la seccional policial de su domicilio.

 

Pablo Daniel Sánchez Agustins fue condenado como autor penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir, en reiteración real con un delito continuado de fraude a la pena de 2 años de penitenciaría, 100 Unidades Reajustables de multa e inhabilitación especial por 2 años para el ejercicio de la función pública. La pena de penitenciaría la cumplirá  12 meses de prisión efectiva y los 12 meses restantes en régimen de libertad vigilada debiendo fijar un lugar de residencia determinado donde sea posible la supervisión por la OSLA, sujeción a la orientación y vigilancia de la referida oficina, presentación una vez por semana en la seccional policial de su domicilio.

 

Nancy Beatriz López fue condenada como autora penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir, en reiteración real con un delito continuado de fraude a la pena de 2 años de penitenciaría, 100 Unidades Reajustables de multa e inhabilitación especial por 2 años para el ejercicio de la función pública. La pena de penitenciaría la cumplirá 6 meses de prisión efectiva los 18 meses restantes en régimen de libertad vigilada debiendo fijar un lugar de residencia determinado donde sea posible la supervisión por la OSLA, sujeción a la orientación y vigilancia de la referida oficina, presentación una vez por semana en la seccional policial de su domicilio.

 

Nelly María Agustins Lagos fue condenada como autora penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir, en reiteración real con un delito de encubrimiento, a la pena de 8 meses de prisión a cumplir en régimen de libertad vigilada debiendo fijar un lugar de residencia determinado donde sea posible la supervisión por la OSLA, sujeción a la orientación y vigilancia de la referida oficina, presentación una vez por semana en la seccional policial de su domicilio.

 

Idorildo Pablo De los Santos Mansilla fue condenado como autor penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir, en reiteración real con dos delitos de cohecho calificado a la pena de 20 meses de prisión, 50 Unidades Reajustables de multa e inhabilitación especial por 2 años para el ejercicio de la función pública. La pena de prisión se cumplirá 8 meses de prisión efectiva y los 12 meses restantes en régimen de libertad vigilada debiendo fijar un lugar de residencia determinado donde sea posible la supervisión por la OSLA, sujeción a la orientación y vigilancia de la referida oficina, presentación una vez por semana en la seccional policial de su domicilio.

 

Anahí Zulina Ortiz Revetria fue condenada como autora penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir a la pena de 6 meses de prisión a cumplir en régimen de libertad vigilada debiendo fijar un lugar de residencia determinado donde sea posible la supervisión por la OSLA, sujeción a la orientación y vigilancia de la referida oficina, presentación una vez por semana en la seccional policial de su domicilio.

 

https://www.agesor.com.uy/noticia.php?id=53101

 

 

Estoy esperando la conferencia de prensa del presidente Lacalley de Alvaro Delgado, porque era su “caudillito” en su agrupación.

 

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