Desde hace algunos días se ha difundido a través de la prensa que el Ministerio del Interior empleará un préstamo del BID del orden de los dos millones de dólares para reclutar ex reclusos supuestamente rehabilitados (¿quién lo certificará?) a fin de emplearlos en el combate contra el delito, sin quedar claro cuál sería la función a cumplir por los mismos.

Una posibilidad sería la de utilizar a los reclutados como elementos disuasores entre sus ex colegas aunque, carentes de formación e instrumentos para ello, difícil que ese desiderátum pudiera cumplirse.

Otra, utilizar la información que pudiesen brindar estos elementos infiltrados en el mundo del crimen para trasladar información útil a la Policía, lo que parece desconocer que para “caminar” en cualquier cárcel, la condición primaria es no ser “ortiba” (esto es, “batidor” o “buchón”).

Vida

En realidad, lo que la novedad pone sobre el tapete es la palmaria inidoneidad e ineficacia del Ministerio del Interior para combatir el delito.

Y es así porque, si, tal como lo señala la parte más lúcida de la doctrina, en los cursos de Derecho Penal y Procesal Penal de nuestras facultades de Derecho la enseñanza termina con la imposición de la condena, mucho menos tendrán noción de lo que viene después (concretamente la ejecución de las penas y medidas de aseguramiento) los oficiales de Policía o demás directores sin formación específica de las unidades del INR.

En verdad, para una política penitenciaria en serio los reclusos no deberían clasificarse entre procesados (hoy rebautizados como “formalizados”) y penados, tal como lo establecen los tratados internacionales y aún nuestro decreto ley penitenciario 14470, sino entre ocasionales (quienes por accidente incurren en el delito por excepción dentro del marco de una vida prolija) y profesionales que, por hacer del delito su medio de vida habitual, se convierten en reincidentes, clientes fijos del sistema.

Para empezar, el trato a brindarse a unos y otros no puede ser indiscriminadamente el mismo ni alojarse a todos en los mismos establecimientos, ni aplicarles las mismas medidas de seguridad, debiendo sujetarlos a condiciones diferentes, tanto en la vida cotidiana como en ocasión de las conducciones y traslados, lo que nunca se respeta ni cumple.

Así, el uso de los llamados instrumentos de fuerza, expresamente prohibidos -como principio- por el art. 7 del DL penitenciario 14470 por su indudable carácter cruel, inhumano y/o degradante, tampoco pueden emplearse indiscriminadamente sino en los casos que así corresponda (riesgo de fuga, autoagresión o heteroagresión) por estricta necesidad y por el tiempo mínimo necesario de acuerdo con los criterios fijados por la Ley de Procedimiento Policial No. 18315.

Sin embargo, una policía mal formada y peor dirigida por oficiales que, carentes de formación jurídica suficiente, terminan por plegarse a las prácticas de uso inveterado vigentes desde siempre, hace tabla rasa con las personas que tienen la desgracia de caer bajo su órbita con el dramático problema que a sus multi proclamados derechos humanos no se los garantiza nadie, ni los jueces, ni el Comisionado Parlamentario ni la INDDHH ni tampoco, casi de regla, sus propios abogados defensores.

En esas lamentables condiciones de atropello ¿qué porcentaje de reclusos se pretende que se rehabilite? Quien se rehabilita lo hace por sí mismo y, en realidad, más que rehabilitarse no hace más que sobreponerse a los inadmisibles excesos de violencia institucional que le aplica provocativamente una y otra vez el propio Estado, cual si pugnara por destruir la dignidad de la persona que tiene la desgracia de caer bajo su égida como consecuencia inescindible de la pena. Los tratados internacionales de DDHH, la Constitución y la Ley son letra muerta para el sistema, algo así como un molesto obstáculo para desarrollar a piacere todo tipo de desmanes en un régimen donde los antecedentes de buena conducta y derechos adquiridos no cuentan cuando el recluso es trasladado de una unidad a otra, que se manejan todas con un criterio nada técnico, antijurídico, burocrático, abusivo y sobre todo, marcadamente feudal.

El gobierno anterior inventó el INR y colocó a su frente al mismo Director actual.  Es así que se creó una fuente laboral para alrededor de un millar de noveles funcionarios -quizás más y casi todos de su mismo pelo político- sin preparación específica alguna para la tarea, de tal modo que en lugares donde se necesita albañiles, electricistas, sanitaristas, dietistas para la organización y mantenimiento mínimo de cada unidad, se terminó fabricando una innecesaria superestructura burocrática y político proselitista donde avanzados estudiantes de Derecho y hasta abogados pasaron a fungir de llaveros o improvisados albañiles con el desperdicio consecuente de recursos humanos y materiales. Y las cárceles siguieron siendo, en el fondo, la misma mugre, a las que se les lava la cara solo cuando las visitan.

Para ello, hubiera sido quizás mucho más provechoso haber tomado o derivado algunos policías más, con una mejor formación específica, al cabo de turnos de seis horas para una actividad que es sin duda insalubre.

El Estado se honraría a si mismo si sujetara su actividad a la más estricta Legalidad, si formara mejor a sus oficiales de Policía y vigilase y controlase mejor las cárceles colocando, por sugerir una medida, los flamantes Juzgados de Vigilancia y Ejecución dentro de los propios establecimientos penitenciarios.  Eso tal vez serviría para comprobar cómo y de qué manera se manejan las propias autoridades policiales en el ámbito carcelario, donde los derechos humanos se atropellan y violan a diario, donde al preso se lo somete y escarnece todos los días, abusando de sus conocimientos específicos (cuando los tiene), colocándoles en planilla cuando se les antoja (a los efectos de la redención de la pena) y distribuyendo peculios que debería pagar estrictamente a todo el que trabaja entre los mimados de turno, que no son -de regla- todos los que sí lo necesitan.

En suma, corrupción y violencia por doquier donde se debe rehabilitar con el ejemplo, demostrando que quien castiga por haber violado la ley también se sujeta a ella, aplicando criterios justos y claros, aún de humana moderación.  Y no quedar, en cambio, en manos de otros delincuentes con uniforme que actúan casi siempre abusivamente, amparados por el Estado.

De donde el primer ejemplo a dar es cumplir y hacer cumplir la Ley; porque todo recluso, por el solo hecho de ser persona, además tiene derechos, así como todo funcionario de un Estado de Derecho debería tener límites y deberes, así como superiores que debieran hacérselos cumplir.

Cosa que debería procurar muy especialmente un gobierno del Partido Nacional.

Dr. Gastón Pesce Echeverz

 

PD: Un amigo Agrónomo, que se encontraba conmigo al tiempo de recibir la información me añadió que además habría que ver qué parte del préstamo del BID llega a Bella Unión o Rivera, una vez que el mismo cruce el Santa Lucía, lo cual pone también sobre el tapete el grado de corrupción ingobernable que en el imaginario colectivo tiene la Policía Nacional, dependiente del Ministerio del Interior.-