Por Dr. Gastón Pesce Echeverz.-
Entre los años 2002 y 2003 el Dr. Jorge Díaz Almeida, actual Fiscal General de la Nación, ocupó el cargo de Juez Letrado de Primera Instancia en lo Penal de 4º Turno de Paysandú. Por aquel entonces, cierto día, junto con su colega Dra. Dolores Sánchez, quien ocupaba el Juzgado Penal de 2º Turno, ambos decidieron reunir al Colegio de Abogados de Paysandú en el Centro de Extensión Universitaria, a fin de explicarnos cuál sería su nueva “modalidad” de trabajo. Al finalizar su exposición, Díaz se dirigió a cierto colega allí presente y -en tono socarrón y entre sonrisas cómplices- le dijo más o menos textualmente: “Y a vos, Pico, por favor, ¡no les digas más a tus clientes que la plata que les pedís es para el juez…!” Este infeliz comentario final, que aún recordamos con algún colega para quien tampoco pasó inadvertido (para la enorme mayoría sí), nos puso en guardia frente a la catadura del magistrado que más o menos una década después y caso Feldman de por medio pasó a ocupar la Fiscalía General de la Nación –cargo que le fuera negado al Prof. Dr. Miguel Langón- y fuera uno de los principales promotores del actual Código del Proceso Penal.
Otra manifestación, también sumamente desafortunada (muy similar a la del presidente Jorge Batlle cuando dijo que los argentinos eran una manga de ladrones), tuvo años después el Dr. Milton Cairoli, Catedrático de Derecho Penal y por entonces Presidente de la Suprema Corte de Justicia, en ocasión de un curso de post grado sobre Derecho de la Integración, con relación a nuestra vecina República Argentina, frente a abogados representantes del hermano país. Y estamos hablando, en ambos casos, de dos de los máximos exponentes de nuestra Magistratura…
En el primer caso, la gravedad del “jocoso” hecho hubiese ameritado un inmediato llamado al orden al abogado en falta y en el segundo, si los abogados argentinos hubiesen reaccionado a tiempo, la imprudencia le hubiera podido costar al país una justificada protesta diplomática.
Años después, en esa misma línea de incalificables desatinos, la fiscal Estela Long se permitió arremeter penalmente contra el Dr. Martín Flores porque éste, cansado de golpear la puerta de la Fiscalía para la atención de un caso que lo ameritaba, según dicha fiscal, la habría “amenazado” (delito penal) con acudir ante la prensa. Y casi que contemporáneamente la fiscal Abreu le habría requerido por expediente al Dr. Walter Arruda que manifestara si, en determinado caso en que se encontraba tramitando una auxiliatoria de pobreza, el abogado iba a cobrar o no honorarios (¿?).
En octubre de 2003, harto de formular tan graves como fundadas denuncias en no menos de unas veinte oportunidades sin que se hubiese atendido una sola de ellas, quien esto escribe presentó fundada queja ante la Fiscalía Letrada Departamental de Paysandú (de la que existe copia sellada) que, como siempre, también fue desatendida, no quedando rastros, por ninguna parte, de dicha comprometedora denuncia por omisión que, convenientemente cajoneada, nunca llegó a la Superioridad. E idéntico proceder fue reiterado una década después, en mayo de 2013, ante los tribunales penales de Paysandú, a raíz de otras treinta graves denuncias penales sistemáticamente desatendidos en Paysandú y Salto.
El suscripto, quien se encamina hoy a las cuatro décadas desde su ingreso al Foro, ha tenido suficientes intervalos lúcidos como para que le hayan sido publicados hasta hoy alrededor de una veintena de casos en que participó, considerados de interés académico, de modo que se resiste a pensar que de pronto se haya obnubilado de tal manera que no haya acertado a embocar ni una sola de entre unas 50 fundadas denuncias. Entretanto, de un tiempo a esta parte, se ha venido tomando el trabajo de relevar los casos que publica en “Policiales” el diario El Telégrafo de Paysandú, cuya abrumadora mayoría se trata de casos de auténtica “bagatela”, al tiempo que gravísimos delitos son sistemáticamente ignorados u omisamente “perdonados” por una Fiscalía que se cree y actúa por encima de la Ley e, incumpliendo su deber, desprecia a la gente.
Así, por ejemplo: A prisión por robar un celular (14.10.2019), 9 meses de prisión por robar dos sillas de madera (8.11.2019), Hurtaron plantines del monumento a Artigas (17.11.2019), A la cárcel por dos hurtos (17.11.2019), A la cárcel por el hurto de 35 mil pesos (21.11.2019), A la cárcel por robar una billetera (misma fecha anterior), Arresto por llevar ovejas (12.12.2019), A la cárcel por robar ropa en tienda y Detenido por evadir control de rutina (misma fecha, en que se ve que tuvo tremendo trabajo la Fiscalía), Presos por robar una oveja (31.01.2020), Golpeó con camioneta a funcionarias (4.02.2020), 9 meses por 31 estafas (5.02.2020, que se incluye por la inusual “severidad” de la pena), Rapiña por $ 7.000 y cigarrillos (misma fecha), Rapiñaron $ 2.400 a un taxista (10.02.2020), Hurtó dos pares de lentes de una óptica (19.02.2020), Dos homosexuales procesados por robar cosméticos (17.03.2020, los mismos fueron escrachados al otro día con la barba al ras, como para aumentar el escarnio), A la cárcel por dos motocicletas (23.03.2020), Detenidos por robar lanares (27.03.2020), Detenido por tres disparos dentro de su casa (misma fecha anterior), 10 meses por robar de una camioneta (1.05.2020), Preso por llevarse una ventana de aluminio (4.05.2020), Robo de una planta ornamental (misma fecha), Hurtaron chocolate de un supermercado (27.08.2020), 4 meses por robar chocolates (31.08.2020, seguramente otro éxito más del nuevo CPP), A la cárcel por una bolsa de verduras (1.09.2020), A la cárcel por dos ovejas (misma fecha), Robó un taladro y pidió $ 200 a su dueño (23.09.2020), Robaron cartera con $ 500 (misma fecha), Hurtó taladro de camioneta estacionada (30.09.2020), A la cárcel por robar un celular (1.10.2020), A la cárcel por arrebatar cartera (5.10.2020), Robó un juego de sábanas, pero fue detenido (29.10.2020), Encarcelado por robar bicicleta (4.11.2020), Formalizado por hurto de moto (13.11.2020), 20 meses a prueba por romper un cráneo (20.11.2020, comparable con los nueve meses por 31 estafas, donde queda en evidencia la total falta de criterio a la hora de penalizar conductas), Que la cárcel genere oportunidades y sea un barrio (peregrina manifestación del Comisionado Parlamentario, de la misma fecha, que demuestra su total desconocimiento del sub mundo carcelario y de la realidad), Hurto de tres lechones (15.12.2020, se justifica por la fecha, a mí me hurtaron dos pero ni denunciamos porque no valía la pena), Condenados por irrumpir en predio ajeno (18.02.2021), Robaba celulares simulando que era basura e Imputado por desoir orden policial (misma fecha anterior), Encarcelado por 6 plantas de cannabis (19.02.2021), Fiscalía resolvió dar prioridad a ciertos delitos (6.03.2021, lo cual da para toda otra nota aparte), A la cárcel por llevarse medidores de OSE (19.03.2021)… (y sigue…).
Por oposición, las fundadas denuncias que le fueran sistemáticamente desatendidas al suscripto refieren a reiteradas falsificaciones de documentos públicos por parte de funcionarios públicos (art. 238 CP), desacato y reiteradas apropiaciones indebidas de bienes, documentos y dinero (por abogado y escribano, entre otras personas) jamás investigadas por sumas del orden de U$S 200.000 (art. 351 CP), abuso y maltrato policial equiparable a la tortura (art. 22 ley 18026), encubrimiento y presunto tráfico de drogas por parte de la Policía y, eventualmente de la autoridad judicial, homicidio culposo ocurrido en cárcel por responsabilidad de su Director, delito de amenazas por parte de ex fiscal y reiteradas o más bien continuas omisiones en proceder o denunciar que, a esta altura, prácticamente se han vuelto contumaciales (arts. 177 y 164 del Código Penal) y cuya comparación (entre los “casos de bagatela” que vienen de relacionarse y estos últimos, contumazmente desatendidos por los magistrados actuantes en contra de sus deberes funcionales y del llamado principio de necesidad u obligatoriedad -art. 10 CPP/80- que regía y sigue rigiendo el proceso penal más allá del de “oportunidad reglada”) nos provoca justificada alarma, consecuente protesta y desazón.
Ante tremendo desbarajuste por omisión, acentuado por la vigencia del nuevo Código del Proceso Penal y el crecimiento exponencial de las Fiscalías, el suscripto añora épocas pasadas (mediados de los 80) en que había un solo Fiscal Letrado Departamental, que lo era el Dr. Miguel Costa, eximio jugador de pelota vasca, encargado de todas las materias, que, haciendo docencia, despachaba el cúmulo de expedientes que día a día le llevaba y traía de los juzgados el inolvidable “Turco” Kaisar y cuyo diligente despacho al día permitía que si un abogado solicitaba la libertad de su cliente antes de las 15 horas, al finalizar la jornada, sobre las 18, al ir al Juzgado, ya sabía si su cliente sería liberado o no (cuando no aparecían ellos mismos, antes de esa misma hora, a agradecernos la gestión).
Hoy los fiscales son muchos más y disponen de una tecnología acorde con los tiempos que corren, pero persiguen lo que se les antoja (que parecen ser –en su mayoría- casos sin la menor importancia) dejando de lado, con evidente omisión funcional, una enormidad de inconductas muchos más graves de cuya persecución y castigo podría derivarse un mejor funcionamiento de las instituciones de la República y una mejor Sociedad.-