En Uruguay, los cargos del gobierno que pueden cobrar un subsidio durante un año, percibiendo el 85% de su salario, son aquellos considerados cargos electivos, políticos y de particular confianza. Estos cargos están específicamente definidos en la legislación uruguaya y abarcan a funcionarios de alto rango en diversos ámbitos del gobierno.
¿Quiénes tienen derecho a este subsidio?
Según la normativa vigente, tienen derecho a percibir este subsidio los titulares de cargos electivos, políticos y de particular confianza que cumplan con los siguientes requisitos:
* Cese en su actividad: Haber finalizado su período en el cargo correspondiente.
* No percibir otros ingresos públicos: No estar recibiendo ningún otro tipo de ingreso proveniente de fondos públicos.
¿Cuáles son los cargos incluidos?
Los cargos considerados políticos o de particular confianza, y por lo tanto elegibles para este subsidio, son aquellos declarados como tales por leyes nacionales. Esto incluye, pero no se limita a:
* Miembros de la Suprema Corte de Justicia, Tribunal de Cuentas, Corte Electoral y Tribunal de lo Contencioso Administrativo.
* Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación, Procurador del Estado en lo Contencioso Administrativo.
* Titulares de cargos públicos electos directamente por el cuerpo electoral.
* Ministros y Subsecretarios de Estado.
* Director y Subdirector de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
* Secretario y Prosecretario de la Presidencia de la República.
* Directores de Entes Autónomos y Servicios Descentralizados.