Por Marcelino Rodríguez.-
Especial para Semanario El Bocón.
Parte I
Ni buenos ni malos, menos la máxima: “Estas conmigo o sos mi enemigo”. Concepción de recibo – extremista – cada vez más ejercitada y aplicada en el presente que, atenta contra la naturaleza de la Democracia y la convivencia armónica de una nación que se considera “progresista” y moderna.
La campaña para juntar firmas y su correspondiente validación en el mes de diciembre del pasado año por la Corte Electoral, habilitó el referéndum contra 135 artículos de la Ley de Urgente Consideración “19889”, vigente desde julio de 2020.
No es de relevancia detenerse, si quienes impulsaron tal instituto son los mismos, la colectividad ideológica de siempre junto a las organizaciones sociales detrás o nuevos, diferentes a los primeros. Más allá de los motivos, consideraciones que los mueven, sí es o no contra el gobierno, no debemos perder de vista que es un instrumento claramente consagrado en la Constitución de la República.
Pero alcanzada esta aspiración y objetivo legítimo, a veces hay que cuidar no solo las formas sino los tonos con cierta arrogancia, omnipotencia – denominador común de quienes tienden a defender posiciones encontradas – producto de la euforia que implica haber logrado el cometido. A la larga puede denostar los resultados posteriores de una justa democrática a través de la consulta popular.
Lo que se haya dicho y cómo, puede desencadenar un mayor encono, se reafirme o derogue la ley en cuestión. Más grave aún, cuando el debate se vuelve rastrero, y para obtener agua para cada molino se emplean discursos, argumentos berretas donde talla la demagogia, se falta a la verdad o maquilla según el contendiente e intereses. Pueden cometerse errores, pero la mentira o la traición a cientos de miles de votantes – pese a que es un clásico que ello se experimente sin excepción – nadie las olvida.
Perdonar es posible, sino cómo explicaríamos por qué personajes siniestros de la vida del Uruguay como del mundo, vuelven a ser ungidos y tener oportunidades de gobernar o ser referentes sociales en las distintas organizaciones públicas, privadas. Se trate de pésimos gestores, corruptos, delincuentes, genocidas, dictadores; violadores de Derechos Humanos en calidad de guerrilleros, revolucionarios, terroristas, en el papel de operadores de las Fuerzas de Seguridad mandatados por los respectivos regímenes o directamente como líderes de los destinos de cada país.
Tampoco es lógico invocar al pueblo como artífice de este hito llevado adelante por el Frente Amplio junto a su “edecán” histórico, el “PIT CNT”.
Resulta pretensioso, porque sí contribuyó una parte importante del mismo, pero no “el todo” como suelen afirmar obsecuentemente y aplicar como gimnasia, estrategia marketinera para captar y conducir masas desde lo psicológico, la militancia y el método de la contrainsurgencia.
Es avaro – como lo han hecho desde sus orígenes – asumir en exclusividad la representatividad del pueblo y clamarlo convenientemente pese a que muy sutil o abiertamente refieren a los suyos, adherentes a sus iniciativas. No es cortes, menos democrático – cuando se legisla o gobierna para todos – discriminar según coincidas o discrepes, si se vota con la mayoría o no, inclusive a quién se elige.
Ese pueblo al cual aluden y que no es sinónimo de quienes lograron acompañar y alcanzar tal iniciativa, nuclea a todos los habitantes del Uruguay sin excepción. Recién intervendrá el 27 de marzo del presente año para decidir en las urnas por “SI” o por “NO” lo que dicte la conciencia de cada oriental. Y cualquiera sea el resultado refrendado por la mayoría, quizá sea de recibo – ahí si – invocar al mismo por su decisión; pues a partir de ese momento tendremos que cumplir y convivir con lo que prime.
Habrá que aguardar sin resentimientos, revanchismos posteriores y aprender que, lo laudado por la soberanía popular es “cosa juzgada”, nos guste o no.
Si bien esta ley abarca diversos temas, siendo los centrales dentro de la emergencia social, la vivienda, educación, se expondrá – lo más sintético y general posible – el espíritu de los artículos relacionados con Seguridad Pública.
El que más provoca cuestionamientos o rechazo es el de Legítima Defensa; puede deducirse del fuerte componente ideológico, filosófico sustentado en la reivindicación acérrima de los “DDHH”, más que en lo técnico jurídico.
Insumo, estandarte complementado con una vasta agenda de derechos para alcanzar los objetivos fijados, al grado de proclamarse la fuerza aludida y las organizaciones de la sociedad civil adjuntas, casi en monopólicas representantes de los designios del pueblo uruguayo. Sobre ese eje y esencia la izquierda se ha comportado siendo oposición y gobierno.
La vida como los bienes son derechos que el ciudadano debe proteger ante la amenaza, agresión, atentado, arrebato que sufre del presunto delincuente.
Es imprescindible para evitar la anarquía, marcar la diferencia entre las personas que acatan la norma y quienes se apartan de ella. En ese sentido no solo los operadores policiales deben contar con reglas claras para proceder, sino el Ministerio Público como responsable de la instrucción criminal y el Juez, que tiene la obligación de adoptar una resolución al respecto, en base a la acusación fiscal y la defensa del imputado junto a las pruebas, testimonios.
Se habla de discrecionalidad, de poner en peligro las garantías y derechos de los ciudadanos y, la preocupación sobre lo complejo que puede resultar para los operadores de la Seguridad Pública cumplir con su misión bajo estos parámetros.
Precisamente las garantías y los derechos están celosamente protegidos por los actores neurálgicos del proceso judicial, prueba de ello es la labor que tanto fiscales y jueces – además del defensor – desarrollan milimétricamente. Cada uno en su papel, para determinar si se siguieron los pasos para que la víctima este amparada en la causal de justificación aludida, la cual permite a la persona amenazada o agredida defenderse, incluso con resultado de muerte sin ser sancionada por la ley penal.
Lo continuarán realizando genuinamente en la búsqueda de la veracidad de lo ocurrido. Además de pretender – por deformación profesional, ajenos al momento extremo, situación de riesgo – una conducta ideal de la víctima en un estado de conmoción intransferible; un absurdo desde el punto de vista humano frente a la incertidumbre trágica que implica defenderse, al recibir una agresión ilegítima donde no ha habido provocación suficiente.
La legislación ya viene – desde hace más de una década – con tendencia a lo punitivo, impulso que se retomó en el 2010 con la creación de nuevos delitos, aumento de penas que abarco a la justicia penal juvenil; en función del incremento de los acontecimientos delictivos y la generación de un estado de inseguridad sin parangones para la historia del Uruguay.
Antes de esta ley vigente, para demostrar Legitima Defensa el amenazado, agredido y que por ello se defendió para salvar su vida, la de sus seres queridos y demás derechos, le correspondía contar con toda la carga de la prueba para justificar su conducta en relación a la indiferencia o despecho del delincuente para asumir la culpa y evitar la cárcel, o al estar jugado darle lo mismo. Ni hablar si era abatido.
Para impedir esa “discrecionalidad” que se alude, acusa, sinónimo de: inoperancia, así como es fundamental proveer a los efectivos policiales del equipamiento adecuado, en cuanto a los elementos de seguridad personal, el armamento, los recursos tecnológicos y demás, como una formación técnica y profesional de relevancia para cumplir a cabalidad la misión.
También resulta indispensable – estrechamente vinculado con las condiciones de trabajo y la salud profesional que no solo lo requieren tales servidores públicos, por razones obvias, sino que es una aspiración de la propia sociedad que, espera de ellos una defensa proactiva y comprometida – que las normas sean cada vez más específicas, sin ningún prurito en reformar, reforzar lo que ya está establecido en las distintas leyes y códigos. Pues ello brindará no solo un respaldo institucional sino también un sustento en lo jurídico a la hora de argumentar y justificar ante el Juez el proceder.
De esta forma evitar vacíos legales que dan lugar a las disparidades, y por qué no, a las arbitrariedades de los magistrados cuando interpretan las normas a su real saber y entender.
A su vez no hay que perder de vista, la existencia de un importante mercado clandestino de armas de fuego que habilita al malhechor hacerse fácilmente de ellas, la conformación de organizaciones delictivas y criminales movidas por distintas causas que operan con total impunidad. Un marco normativo que no alcanza y debe ser modificado, acompasar los estados de inseguridad real de la población y que pone en condiciones de superioridad – ante las omisiones del Estado en el más amplio sentido – a quienes ejercen un grado de violencia traducida en fuerza física o letal.
Reafirmar la vigencia de la Ley o su derogación, dependerá en qué lugar quiere estar el ciudadano y no vale, haber sufrido en carne propia hechos de inseguridad o saber que potencialmente puede ser víctima, para votar de una u otra forma y luego arrepentirse. Aquí debe contarse con un espíritu, visión y proyección de futuro altruista, sin egoísmos ni mirarnos el ombligo.
Alejarse – por lo menos los que no pertenecen a los núcleos duros de la contienda – de los encuadres ideológicos, la manija y enchastre típico de la cancha, de uno y otro lado; menos enfocar el voto en función de simpatías a los referentes que toman la bandera de cada bando y hacen uso de las habilidades dialécticas. Desprenderse de los discursos direccionados con los respectivos perfiles pueblerinos o de aristocracia. Todos padecen las mismas miserias, son conscientes de la realidad, vivan en un barrio carenciado o en un condominio parque.