Por el Dr. Gastón Pesce Echeverz.-

Poco tiempo atrás el programa “Santo & Seña”, que emite Canal 4 los domingos a partir de las 20.45, puso en descubierto las enormes falencias y el escandaloso atropello delictivo a derechos humanos fundamentales del proyecto denominado “Dominó”, así como expuso en manos de qué “chantas” iban a caer determinados hombres violentos derivados a un cierto tratamiento “confrontativo” para su “rehabilitación”.

Eso mismo, exactamente, es lo que ocurre cada vez que un juez remite a la cárcel a una persona que no pertenece al ámbito del delito y que ha incurrido en él más que ocasionalmente, por accidente y no por hábito u opción “profesional” de vida, lo que se reitera prácticamente en todas y cada una de las cárceles del país.

Tan es así que quien ingresa se ve “condenado” a vivir hacinado, en locales por lo general inapropiados, carentes de la debida seguridad e higiene, con una alimentación tan mala como insuficiente y una violencia constante, tanto de adentro, de los propios compañeros, como de los guardias y jerarcas a menudo abusadores y operadores “ñoquis” para quienes el gobierno anterior generó un “curro” que da trabajo, por lo menos, a un millar o más de potenciales desocupados, para quienes la Legalidad, que desconocen por completo y por igual no es más que un molesto obstáculo para hacer lo que se les antoje.

Tan es así también que, en locales carentes de habilitación de Bomberos, con instalaciones eléctricas tan sobrecargadas como precarias, con depósitos de agua que a veces pasan largos años sin limpiarse, cuando logran alguna actividad para redimir pena, los funcionarios administrativos demoran displicente e irresponsablemente mucho más de lo razonable para darles el “alta” en planilla y, si de trabajar se trata, por supuesto que la labor que sea se hará sin seguro de accidentes, sin aportes y sin peculio que, pese a ser LEY para todo el país desde el decreto ley 14470 –en pleno gobierno militar, de facto- todavía hoy, cincuenta años después no se cumple sino tan solo a favor de unos pocos “mimados” de las direcciones de turno a menudo a cambio de vaya a saberse qué espurios favores contraprestativos y no con el criterio igualitario y general que reclama toda ley para ser tal.

Lo mismo que con las víctimas del proyecto “Dominó”, el recluso, ahora rebautizado como “la PPL” (persona privada de libertad, que en sustancia es el mismo preso de siempre con otro nombre), no tiene literalmente a quién acudir porque ni los abogados, ni los jueces, ni el Comisionado Parlamentario, ni la Institución Nacional de DDHH, ni ninguna Defensoría ni, mucho menos, los propios jerarcas de cada unidad garantizan nada a nadie.  De tal modo que si algún interno desea ejercitar una acción de amparo o un hábeas corpus, todos los funcionarios del Estado se alinearán “todos a una” para descalificar la denuncia o pedimento sobre la base del prejuicio que la Policía es buena y cumple con la ley y el preso es malo y tiende siempre a violarla para luego mentir.

 

Hace algún tiempo el mismo programa difundió un diferendo ocurrido en el seno del INR en el cual, si bien se observaba, podía verse que a los contendientes enfrentados les faltaba hasta los dientes, lo cual da la clara pauta del nivel socio cultural de los mismos.

El art. 23 de la Constitución de la República establece que: “Todos los jueces son responsables ante la ley, de la más pequeña agresión contra los derechos de las personas, así como de separarse del orden de proceder que en ella se establezca”.

Por su parte, el art. 24 dice que “El Estado, los Gobiernos Departamentales, los Entes Autónomos, los Servicios Descentralizados y, en general, todo órgano del Estado, será civilmente responsables del daño causado a terceros en la ejecución de los servicios públicos confiados a su gestión o dirección”.

Y el 25 que “Cuando el daño haya sido causado por sus funcionarios, en el ejercicio de sus funciones o en ocasión de ese ejercicio, en caso de haber obrado con culpa grave o dolo, el órgano público correspondiente podrá repetir contra ellos lo que hubiere pagado en reparación”, todo lo cual prácticamente es letra muerta en este descaecido país, ya que en la realidad de los hechos, cada vez que se produce un daño, tras el enorme cuesta arriba que implica litigar contra el Estado, ante (y contra) funcionarios que pretenden hacer carrera y para ello dependen del Estado – patrón que les paga el sueldo y tiene la llave de las respectivas carreras funcionales, la suma a pagar en carácter de reparación termina saliendo de las arcas públicas, el daño se “socializa” y aquí no ha pasado nada, lo que, aunado a la potestad (o facultad) del jerarca de repetir lo pagado contra los funcionarios responsables, hace que toda pomposa declaración naufrague y se ahogue nada más que en una mera declaración de propósitos.

Hace algún tiempo, luego de la sanción del nuevo CPP un Sub Oficial de Policía con experiencia nos decía que, a su juicio, los Jueces de Vigilancia y Ejecución que creara el nuevo código deberían estar instalados en los principales centros carcelarios, como forma o manera de ver directamente, de primera mano, cómo se cumple la ley, en la realidad de los hechos, en los establecimientos de reclusión del país. Ese sería, quizás, un primer gran paso con relación a una situación de violación de DDHH que debe cesar.

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